Tribunal Ambiental evalúa responsabilidad estatal en caso de polimetales en Arica

  • La Fundación Mamitas del Plomo acusa al Estado de negligencia por contaminación ambiental y sanitaria en Arica. En la audiencia, expertos y afectados relataron el impacto de 20.000 toneladas de residuos tóxicos abandonados en el Sitio F, mientras el Consejo de Defensa del Estado defiende las acciones realizadas.

El Primer Tribunal Ambiental escuchó testimonios y alegatos finales en el marco de la demanda por daño ambiental interpuesta por la Fundación Mamitas del Plomo contra el Estado de Chile. La causa busca determinar la responsabilidad estatal en la contaminación del Sitio F y su impacto en la salud y el medio ambiente.

Durante tres días de audiencia, el tribunal analizó los antecedentes presentados por ambas partes. La Fundación Mamitas del Plomo, representada por el abogado Juan Molina, argumentó que los residuos mineros importados por Promel entre 1984 y 1985 y abandonados en el Sitio F han generado daños ambientales y sanitarios que afectan a generaciones enteras en Arica. Según Molina, las acciones del Estado han sido insuficientes para mitigar el impacto de estos desechos.

Los testigos de la Fundación incluyeron a expertos como el laboratorista químico Leonardo Figueroa, quien expuso omisiones en la gestión estatal, y al ingeniero ambiental Rodrigo Molina, quien vinculó la contaminación con enfermedades en la población local. Además, el antropólogo Rodrigo Pino destacó la falta de medidas de seguridad en el traslado de residuos en 1998.

Por su parte, el Consejo de Defensa del Estado presentó estudios que respaldan las medidas de mitigación realizadas. Entre ellos, el geólogo Juan Pablo Lacassie y la química Roxana Tessada defendieron que los niveles actuales de contaminación no representan un riesgo significativo, argumentando que el encapsulamiento de residuos en 1998 fue efectivo para contener el daño.

En los alegatos finales, la Fundación subrayó que el problema trasciende un mero tema sanitario, calificándolo como un daño ambiental sistémico. Según los demandantes, el Estado permitió el ingreso de desechos tóxicos sin manejo adecuado y falló en implementar políticas efectivas de remediación, afectando a más de 16.500 personas en zonas vulnerables.

El CDE, en cambio, argumentó que no existen fuentes activas de contaminación y que las acciones del Estado, aunque limitadas, han sido consistentes con las capacidades presupuestarias. Además, alega que el caso debería considerarse prescrito debido al tiempo transcurrido desde el encapsulamiento de los desechos.

El fallo del tribunal será determinante para definir si el Estado deberá implementar un plan integral de reparación ambiental o si las medidas existentes son suficientes para cerrar el caso.

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