Tarapacá: Realizan seminario sobre “Violencia y Acoso en el Trabajo” en el marco de la Ley Karin

Más de doscientos asistentes tuvo el seminario “Violencia y Acoso en el Trabajo” en el marco del Convenio 190 de la OIT y la Ley N°21.643, Ley Karin,  organizado conjuntamente por la ANEF Tarapacá y la Mesa de Buen Trato y Promoción de las Buenas Relaciones Laborales en el Sector Público.

El Seminario realizado en el salón Tarapacá, convocó a dirigentes sindicales y autoridades locales y contó con la exposición de Mayerling Pavez, Coordinadora Regional de Relaciones Laborales de la Dirección Regional del Trabajo Tarapacá, y  Boris Mendoza, abogado Informante de la Contraloría regional de Tarapacá, quienes explicaron a los presentes  las dudas en torno a la implementación de la Ley Karin.

El Delegado Presidencial Regional, Daniel Quinteros, manifestó que “quisiera destacar este espacio porque surge de la unión, con un compromiso con los trabajadores y trabajadoras hacia un trabajo decente, respetuoso y seguro”.

En tanto el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ignacio Prieto, expresó que “la Ley Karin es un cambio cultural significativo en las relaciones laborales y en la forma en que se aborda el acoso y la violencia en el mundo laboral, al tener un foco preventivo”.

Ley Karin

La Ley número 21.643, o Ley Karin modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, en materias de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, establece obligaciones que aseguran un mayor compromiso de las instituciones del Estado y el sector privado para la prevención y protección de las y los trabajadores, incluyendo normas relativas al derecho que les asiste para que el empleador implemente protocolos de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, estableciendo medidas referidas a resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación y fortaleciendo mecanismos de investigación y posterior sanción en el caso que se verifiquen hechos de esta naturaleza.

También, establece que las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, ser compatibles con la dignidad de la persona y con perspectiva de género, lo que implicará, la adopción de medidas tendientes a promover la igualdad y erradicar la discriminación de género.

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